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Jesús se aparece a los discípulos, Jn 20:19-23.

Jn 20:21-23 “Entonces Jesús les dijo otra vez: Paz a vosotros. Como me envió el Padre, así también yo os envío. Y habiendo dicho esto, sopló, y les dijo: Recibid el Espíritu Santo. A quienes remitiereis los pecados, les son remitidos; y a quienes se los retuviereis, les son retenidos".

Recibid el Espíritu Santo: Por supuesto que lo primero y lo más importante era que tuvieran la presencia del Espíritu Santo con ellos. En el Antiguo Testamento se puede observar la manifestación del Espíritu en muchos momentos de la vida de los siervos de Dios, pero claramente su presencia y actividad era esporádica y temporal (Jue 6:34; 14:6; 1 S 11:6). No es si no hasta que la obra redentora de Cristo con su sacrificio y resurrección ocurrió, que el Espíritu vino a habitar en el creyente de manera permanente. Por eso lo primero que se le imparte al seguidor de Jesús es la garantía de que a partir del momento en que le acepta como Señor y Salvador, recibe también la presencia activa del Espíritu de Dios para habitar con Él y en Él (Jn 14:17).

Nota Doctrinal: La Iglesia Pentecostal ve en esta expresión de Jesús la promesa de la presencia del Espíritu en el creyente (Jn 14:16-18,26), mas no el cumplimiento de la promesa de la llenura del Espíritu Santo (Lc 24:49). Al decir Jesús: “Recibid el Espíritu”, esto fue una infusión (del griego emfusao, que quiere decir soplar) por parte de Jesús de la presencia regeneradora del Espíritu Santo y la nueva vida del Cristo resucitado. En esta ocasión, fue el cumplimiento de la promesa hecha la noche antes de la crucifixión, cuando les anticipó que recibirían el Espíritu Santo que los regeneraría: “… estará en vosotros” (Jn 14:17). Luego vendría el derramamiento del Espíritu Santo en el día de Pentecostés (Hch 2:4) con la señal inicial de hablar en otras lenguas.

Nota al texto: Esas dos obras distintas y separadas del Espíritu Santo en la vida de los discípulos de Jesús son normativas para todos los creyentes. Es decir, todos los creyentes reciben el Espíritu Santo en el momento de ser regenerados, y después deben experimentar el bautismo en el Espíritu con poder para ser sus testigos (Hch 1:5,8;2:4). (Biblia de Estudio Pentecostal, artículo: La regeneración de los discípulos Pg. 1492.)

Nota Doctrinal: La remisión de pecados a la que hace referencia Jesús se había mencionado solo en torno de Pedro (Mt 16:19), en el sentido de “atar y desatar”; ahora es una dotación de autoridad que se da a todos los discípulos. Es decir: A quienes remitiereis los pecados, les son remitidos; y a quienes se los retuviereis, les son retenidos”. Se debe entender como la autoridad que Jesús delegó a todos los creyentes (en los 11 discípulos está representada toda la iglesia) para realizar variadas acciones. Entre otras: Reprender el pecado y poner en práctica la disciplina eclesial (Mt 18:15-18); orar eficazmente por la causa de Dios en la tierra (Mt 18:19,20); atar a los demonios y liberar a los cautivos; proclamar la salvación y el perdón de pecados para todos los que se arrepienten y creen en Cristo (Jn 20:23; Hch 2:37-40; 15:7-9). (B. de Estudio Pentecostal Pg 1311.)

Para Meditar: Lo dicho en el último punto de la nota doctrinal, los creyentes lo hacemos habitualmente y nos parece algo sencillo, pero es lo más trascendental. Predicar desde el púlpito o en forma personal, y observar como la vida de una persona es perdonada y transformada instantáneamente por el poder de Dios, sin que estemos vestidos con ropas clericales, confesando o asignando una penitencia, es lo más glorioso. Eso es “tener las llaves del reino” y “remitir los pecados”.